Durante muchos años hemos presenciado perplejos cómo los bancos para conceder hipotecas o disminuir el diferencial que aplican al euribor nos han estado obligando a tener que contratar nuestros seguros con ellos, por lo menos, aquellos seguros de vida, de hogar, de salud y/o desempleo.
Mediante la Primera Directiva Europea de Hipotecas, el Parlamento Europeo intenta mejorar los derechos de los consumidores, prohibiendo vincular la contratación de hipotecas a otros productos, eliminando así la mayoría de cláusulas abusivas.
Inevitablemente esta Directiva Europea obligará a modificar la Ley Hipotecaria Española, por lo que, el Gobierno tendrá que trasponerla lo antes posible. De no ser así, se arriesga a ser sancionado.
Con esto se eliminará las malas prácticas que algunas entidades financieras han estado llevando a cabo al amparo de su condición de prestamista, propiciando la desvinculación del seguro y otros productos al crédito hipotecario.
Esta Directiva Europea cuenta con seis pilares fundamentales:
1.- El consumidor dispondrá obligatoriamente de un período de 7 días para reflexionar antes de la firma del contrato. Y además, dispondrá de otros siete días más para poder retractarse tras la firma del mismo.
2.- El banco estará obligado a dar una mayor transparencia en la información que proporciona al cliente sobre el crédito hipotecario, de manera, que deberá entregar una hoja informativa de fácil comprensión donde incluya el detalle de las características del préstamo, precio de divisas, interés aplicable, etc.
3.- Las entidades financieras y de crédito no podrán obligar a sus clientes a contratar paquetes cerrados junto con su hipoteca, paquetes que contengan otros productos, préstamos o seguros asociados.
4.- Flexibilidad de pago. Se eliminará las penalizaciones por amortización anticipada de la deuda. Se eliminarán los costes abusivos por reclamación de impagos ajustándolos a una compensación justa. Se exigirán plazos razonables antes de proceder con las ejecuciones y desahucios. Y se frenarán los préstamos irresponsables obligando al estudio de la solvencia y circunstancias del prestatario y/o fiadores.
La mayoría de los gobiernos europeos han traspuesto ya la directiva europea, aunque el Gobierno Español, por estar en funciones está teniendo ciertas dificultades. En Andalucía, por ejemplo, ya ha sido traspuesta la Directiva Comunitaria en la materia a través de la Ley 3/2016 de 9 de Junio para la protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias en la contratación de préstamos y créditos hipotecarios sobre la vivienda.
Esperemos que muchos a partir de ahora, tengan la oportunidad de reducir considerablemente el pago de sus seguros de vida y hogar porque, además de haber estado obligados a contratar este tipo de seguros con los bancos, las primas que resultaban a pagar estaban muy por encima de las circunstancias del mercado.
Noticia publicada en LaGuiadelSeguro.es